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CONSEJOS ÚTILES PARA LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS CON DIFICULTADES FINACIERAS

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CONSEJOS ÚTILES PARA LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS CON DIFICULTADES FINACIERAS Empty CONSEJOS ÚTILES PARA LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS CON DIFICULTADES FINACIERAS

Mensaje  Guasón Vie Jul 27, 2012 12:41 pm

Defraudar a la Seguridad Social más de 50.000 euros se perseguirá penalmente

Los fraudes a la Seguridad Social, tanto el impago de cuotas como la obtención indebida de deducciones, superiores a 50.000 euros serán perseguidos con penas de hasta seis años de cárcel, en tanto que el delito no prescribirá hasta pasados diez años.

Así consta en la reforma del Código Penal, aprobada hoy por el Consejo de Ministros y explicada en rueda de prensa por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, por la que se crea una nueva pena máxima de seis años para los delitos de fraude contra la Seguridad Social y en materia fiscal.

De esta forma, se reduce la cuantía mínima de defraudación a la Seguridad Social perseguida penalmente de 120.000 a 50.000 euros y se incluye en esa cantidad toda la deuda no prescrita en un periodo de cuatro años.

La pena máxima de seis años se aplicará también al fraude que se cometa utilizando "empresas fantasma" (independientemente de su cuantía), que son aquellas sin actividad real que simulan relaciones laborales con el único propósito de obtener prestaciones o subvenciones públicas.

Asimismo, se sancionará a quienes empleen en talleres clandestinos a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad Social o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.

En lo que respecta a los delitos fiscales, la pena máxima de seis años y la prescripción a los diez años se aplicará a los fraudes que excedan de 600.000 euros o a aquellos que se hayan cometido en el seno de una organización o grupo criminal.

También se aplicará cuando se usen testaferros, negocios fiduciarios o paraísos fiscales que dificulten u oculten la identidad del obligado a declarar. Por otra parte, se faculta a la Administración Tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la existencia de un proceso penal, salvo que el juez ordene otra cosa.

En las tramas de estafa de IVA ya no será necesario esperar un año para denunciar los fraudes superiores a 120.000, con lo que se podrán perseguir de forma inmediata.

Además, se establece una "rebaja importante" de la pena por la reparación del perjuicio económico causado a la Hacienda Pública, que se aplicará dentro de los dos primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos en que el contribuyente colabore en la identificación de otros responsables.

Como se puede observar, también se hacen recortes en los fraudes de manera que si antes se podía defraudar a la seguridad social hasta 120.000 ahora sólo podrán hacerlo desde que no exceda los 50.000 en cuatro meses.

Yo cambiaría el nombre de "código penal" a "código de protección al delincuente"

La reforma propuesta nos da este mensaje: "Puedes continuar defraudando pero como sois muchos nos vemos obligados a hacer un recorte, de manera que de ahora en adelante el limite máximo pasa a ser de 50.000 cada cuatro meses. Claro está que si no te pillamos, y no tenemos intención de hacerlo, esta reforma es sólo para tranquilizar a los ciudadanos honestos.
Guasón
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